lunes, 8 de abril de 2013

Documentos revisados el 05/04/13

Envío los links de las leyes respectivas a Símbolos Patrios, así como a las Asociaciones de Padres de Familia.

En los dos primeros vínculos encontrarán la página de la Cámara de Diputados (Federal) y la del Congreso del Estado, en ellas pueden encontrar en cualquier momento estas leyes y otras que sean de su interés, ya que debemos estar revisando las actualizaciones (reformas) que se les realizan.

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

Congreso del Estado de Veracruz

Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Ley del Himno al Estado de Veracruz

Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia (SEP)

Página de la SEV acerca de Asociaciones de Padres de Familia

Blog de la Asociación de Padres de Familia del Estado de Veracruz



21 comentarios:

  1. Comentario de Consuelo Calzada Rivera sobre las posturas de los testigos de Jehová con respecto al saludo a la Bandera y a la entonación del Himno Nacional Mexicano:

    Como todo ser mexicano y perteneciente a una nación debemos de respetar los símbolos patrios que nos rigen, sin embargo hay ciertas excepciones dentro de este ámbito tales como los testigos de Jehová que por encontrar una identidad religiosa, y por obedecer las enseñanzas bíblicas estos no practican el saludo a la Bandera nacional ni entonan el himno Nacional, esas entre muchas otras cosas que no están permitidas.

    La bandera es un símbolo patrio y es un estandarte que expresa la dignidad y la soberanía de una Nación, sin embargo por sus creencias religiosas, no permiten el culto a los símbolos patrios de la nación en este sentido para ellos no se hace como señal de falta de respeto. En su ideología, si muestran respeto por los símbolos patrios solo que lo demuestran de diferente forma, estando en posición de firmes y guardando silencio.

    Los testigos de Jehová en su contextualización divina, el saludar es sinónimo de adorar y por consiguiente no se encuentran en condición de hacerlo.

    Considero que debemos mostrar comprensión en cuanto a las creencias y la cultura de las diferentes religiones y debemos de obrar atendiendo a la diversidad ya que todos somos heterogéneos.
    Con respecto al himno nacional mexicano para ellos es una oración con música y por consiguiente no se encuentran en condición de entonarlo. Sin embargo muestran respeto al estar de pie y guardando silencio.

    Sé que todavía existen personas que no comulgan con estas posturas, sin embargo yo pienso que ellos actúan de diferente manera por una motivación entrenada en principios bíblicos.

    ResponderEliminar
  2. La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, establece las condiciones bajo las cuales se regirán éstos símbolos patrios así como sus características de uso, difusión de los mismos y consecuencias para quien no acate esta normatividad.
    Queda entonces establecido que: “Artículo 9°.- En las festividades cívicas o ceremonias oficiales en que esté presente la Bandera Nacional, deberán rendírsele los honores que le corresponden en los términos previstos en esta Ley… honores que, cuando menos, consistirán en el saludo simultáneo de todos los presentes, de acuerdo con el Artículo 14 de esta misma Ley.”
    El Artículo 38 del mencionado ordenamiento legal, establece que “… La interpretación del Himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad”.
    Por tal motivo, rendir honores a los símbolos patrios es una obligación en todo acto que así lo amerite, aunque la solemnidad de la que habla la ley es una acción que deja mucho que desear, cuando en la práctica observamos que la sociedad civil y en especial los más jóvenes no mantienen una actitud de respeto hacia el lábaro patrio; el contexto ha cambiado y para muchos los símbolos nacionales han perdido su significado.
    Por otro lado están las personas que escudándose en su religión no respetan esta normatividad, como por ejemplo los llamados Testigos de Jehová quienes por su “objeción de conciencia” inducen a sus adeptos a rechazar los honores a la bandera y cantar himnos nacionales, su justificación ya la hemos leído en el texto de Carlos Cázares y José Luis Peña.
    Sin embargo queda a cargo de las autoridades educativas vigilar el cumplimiento en los planteles educativos y surge una interrogante sobre ¿qué debe hacer un director(a) cuando un alumno por objeción de conciencia no cumpla con lo que ésta ley instaura?
    Y aunque en el artículo 56 de la misma ley se establece que las contravenciones no constituyen delito conforme a lo previsto en el Código Penal para el DF y para toda la República en materia de fuero federal, sí establece un castigo según la gravedad, que puede ser de multa económica o arresto hasta por treinta y seis horas.
    Es entonces cuando el docente no sabe cómo actuar, ya que legalmente no puede proceder contra un menor de edad y además no podría expulsarlo de la escuela por esta actitud que sería recurrente, ya que el artículo tercero constitucional (la máxima ley en nuestro país) establece que “Todo individuo tiene derecho a recibir educación” sin restricción o condición alguna.
    Sin embargo también contamos con la ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a la cual deben circunscribirse todas las religiones que soliciten ante la Secretaría de Gobernación ser reconocidas como tal; por lo tanto, los Testigos de Jeová deben obedecer lo establecido en el Artículo 1° párrafo segundo de este ordenamiento: “Las convicciones religiosas no eximen en ningún caso del cumplimiento de las leyes del país. Nadie podrá alegar motivos religiosos para evadir las responsabilidades y obligaciones prescritas en las leyes.”
    Así como al Art. 29.- “Constituyen infracciones a la presente ley, por parte de los sujetos a que la misma se refiere: inciso II. Agraviar a los símbolos patrios o de cualquier modo inducir a su rechazo”.
    Por lo tanto quien viva esta situación, no debe enfrentar al alumno e incluso ni a los padres de familia, sino a las autoridades religiosas, mediante la Secretaría de Gobernación, la cual está facultada para actuar y puede incluso cancelar el registro de la asociación religiosa.
    Pero ¿ustedes creen que algún día van a hacer algo al respecto? Si cuando la Secretaría de Gobernación convocó a todas las asociaciones religiosas a recibir la Bandera Nacional, los líderes de esta religión se negaron a acudir y no hubo ninguna consecuencia, mucho menos les preocupa lo que se diga en cada escuela.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Respuesta de Dulce Maria Masegosa Maceda:

      Así es, solo la Secretaría de Gobernación, está facultada para tomar decisiones en contra de las religiones. Es por esa razón que las escuelas hacen su reglamento interno y unos de los puntos es que el niño si debe estar presente en el acto cívico, en posición de firmes y guardando el debido respeto, no se le puede obligar a saludar y cantar el himno. Al niño no se le puede expulsar solo por negarse a participar, se le dan otras tareas que él debe realizar para poder contar con su participación.

      Cabe mencionar que el mismo director nos dice a los maestros, que debemos respetar las religiones a que pertenezcan los alumnos y fomentar el respeto de la misma en el salón.

      Eliminar
    2. comentario de Virginia Isabel Munguia Rebolledo

      Es aquí dónde debería observarse la jerarquía de leyes, y es que efectivamente el inducir al rechazo de los símbolos patrios es considerado un agravio constitucional; sin embargo, los conflictos que los Testigos de Jehová por su "objeción de conciencia" han llevado a las instituciones educativas a hacer excepciones con los alumnos que profesan dicha religión; aún cuándo a mi parecer no tienen fundamentos válidos, pues saludar y rendirle honores a un símbolo patrio, desde mi perspectiva, no significa rendirle culto ni adorarla como un Dios.

      Eliminar
  3. Tienes toda la razón, pero creo que la prudencia es un valor que debe aplicarse. No creo que perjudiquen esas omisiones, en este caso cada docente tendrá que decidir como manejar estas situaciones, de manera pacífica y educada. Sería contraproducente el reaccionar de manera negativa, que en muchas ocaciones los Testigos de Jehova así actuan. En todo caso corresponde a los Legisladores y la Secretaría de Gobernación modernizar las normas conforme a los tiempos actuales de apertura y tolerancia

    ResponderEliminar
  4. Comentario de DULCE MARÍA MASEGOSA MACEDA:

    LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONAL Y LEY DEL HIMNO AL ESTADO DE IGNACIO DE LA LLAVE

    En la ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacional, en su artículo 14, dice que el saludo civil a la Bandera Nacional se debe hacer en posición de firme, colocando la mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia abajo y a la altura del corazón y los varones con la cabeza descubierta.

    Cabe mencionar que de eso ya tenía conocimiento, pero de lo que no sabía es que sólo el Presidente de la República, como Jefe Supremo de las fuerzas armadas, la saluda militarmente.

    Para mí, es muy importante conocer las leyes que nos rigen, ya que no sabía que todas las instituciones de enseñanza elemental, media y superior, están obligados a rendir honores a la bandera nacional todos los lunes antes de iniciar las clases.

    También en su artículo 21., dice que es obligatorio para todos los planteles educativos del país tener una bandera con el objetivo de reafirmar a los alumnos el respeto que esta se merece.

    Por otra parte tenemos a la ley del himno al estado de Ignacio de la llave, misma que en su artículo 9, nos dice que es obligatoria la enseñanza e interpretación del himno de Veracruz en todos los planteles de los niveles de educación básica, media superior y superior oficiales o incorporados al sistema educativo estatal.





    Creo que es muy importante tener conocimiento de lo que tenemos que realizar en nuestro trabajo pues, yo pensaba que los honores a la bandera se hacían por tradición y que si eran obligativos en los días oficiales como 24 de febrero, 16 de septiembre, etc.

    Además de que en escuelas contamos con alumnos que pertenecen a diferentes religiones, en las cuales no les es permitido rendir homenaje o culto a la bandera, cabe mencionar que respecto a este tema existe un reglamento interno en mi centro de trabajo en el cual se les hace de su conocimiento a ellos y a sus padres, de que el homenaje se hace y que el alumno esta obligado a estar presente, sin necesidad que el alumno salude a la bandera o cante el himno, pero que si esta obligado a estar en posición de firmes y guardar el debido respeto.

    Cabe mencionar que no es la una actividad a la que re reúsan en participar, también está el desfile del 20 de noviembre, los bailables, etc., pero por el hecho de que el alumno no participe no se le puede expulsar, ni suspender de la escuela, en este caso al alumno se le pide un trabajo especial sobre la historia o antecedentes de la festividad que se lleve a cabo y con eso se le pone su participación.

    ResponderEliminar
  5. ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA.

    Comentario de Consuelo Calzada Rivera:

    Son Asociaciones de Padres de Familia, las organizaciones que se constituyen para coadyuvar con las autoridades escolares en la solución de problemas relacionados con la educación de sus hijos y en el mejoramiento de los establecimientos escolares.

    Las asociaciones escolares tendrán como objetivos, representar ante las autoridades escolares y estatales los intereses que en materia educativa sean comunes a los asociados; colaborar para una mejor integración de la comunidad escolar, así como para el mejoramiento de las instituciones educativas; participar en la aplicación de cooperaciones en numerario, bienes y servicios que las propias asociaciones deseen hacer a la institución educativa; informar a las autoridades educativas escolares o estatales, sobre cualquier acto o hecho que afecte la actividad y formación de los educandos, y elegir en asamblea general a cuatro representantes de esta asociación para integrar el Consejo Escolar.

    En el caso de telesecundarias, cada escuela debe contar con su asociación para la transparencia de recursos principalmente, sin embargo todavía a estas alturas, hay escuelas que no han conformado su asociación, ocasionando un desfase en cuanto a la organización de la institución educativa.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. RESPUESTA DE DULCE MARÍA MASEGORA MACEDA:

      Estoy de acuerdo contigo Consuelo, todas las escuela hablando de telesecundarias deben contar con una asociación de padres de familia, pues son ellos junto con la directora los encargados de llevar a cabo actividades que proporcionen un beneficio económico, mismo que se destina para cubrir necesidades, ya sea de estructures, productos de limpieza, entre otros.
      Cabe mencionar que la asociación de padres de familia, es de gran apoyo para la escuela, y que también realizan actividades fuera de la institución educativa dando a conocer de todo a la directora.

      Eliminar
  6. “COMENTARIO SOBRE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ”
    Constantemente en nuestras escuelas nos enfrentamos al dilema de no saber cómo actuar frente a situaciones relacionadas con la libertad de creencias, partiendo de que los seres humanos somos complejos y heterogéneos, por tal razón la aceptación y comprensión en la manera de actuar y relacionarse se vuelve complicado como es el caso de los Testigos de Jehová, quienes expresan que creen en la biblia como la palabra de dios, pero partiendo del antiguo testamento, de aquí que su postura se torna un tanto estricta y cuadrada desde mi punto de vista, porque basan sus explicaciones y justifican sus creencias en el entendimiento bíblico, hay ciertos asuntos o procedimientos que para algunas personas son comunes, normales y hasta aceptables, pero para ellos se han convertido en lo que llaman “objeción de conciencia”.
    Actualmente hablamos de diversidad y ésta implica atender a la diferencia y la variedad de situaciones con calidad, por ello, lo que nos debe quedar claro es que desde el ámbito escolar, nosotros no podemos realizar ninguna discriminación por ningún tipo de condición, sea raza, religión, sexo, etc., tenemos que respetar las creencias y opiniones de los demás. Para los testigos de jehová su principal ley es la de dios (es de conciencia) y los que no participamos de esa creencia, puede que para algunos sea también la ley de dios desde otra interpretación o bien, las leyes naturales o sociales. De modo que cada quien tiene su propia conciencia esto es, su razonamiento o argumento contrario o a alguien que es digno de ser respetado. Somos libres para expresar nuestra conciencia sea de religión o de otra índole.
    En lo que compete a la legislación escolar, cabe rescatar que ya desde nuestra constitución se nos expresa la libertad de creencias o de religión, por ello, debemos considerar que como ciudadanos existe un gran avance hacia el respeto a la diferencia, y partir de ahí para centrar nuestras prácticas educativas.

    ResponderEliminar
    Respuestas

    1. Najum Bustamante

      Con respecto a tu comentario de los testigos de Jehová y la objeción de conciencia.
      Simplemente yo no estoy de acuerdo que los testigo de Jehová, no respeten las leyes y normas humanas, ya que la ley de Dios no se puede mesclar con las leyes humanas o como tú llamas leyes naturales. Si en las escuelas no van acatar las normas, entonces que lleven a sus hijos a escuelas particulares.

      Eliminar
  7. COMENTARIO DE ENRIQUE PUMARINO LUNA:

    Con respecto a los honores a la bandera, es muy importante saber que solo el Presidente de la Republica, como Jefe Supremo de las fuerzas armadas debe hacer su saludo militarmente.

    Y que de acuerdo a la ley, las instituciones de enseñanza básica, media superior y superior, deberán rendir homenaje todos los lunes antes de clases y que están obligadas a contar con una bandera para inculcar el respeto hacia este símbolo patrio a los alumnos.

    En cuanto a las religiones, sólo la Secretaria de Gobernación, está facultada para sancionar a alguna religión, si se opone rendir homenaje a este símbolo. No se puede suspender y mucho menos expulsar a los alumnos de la escuela, por oponerse a cantar el himno y saludar a la bandera, incluso no participan en los desfiles que se conmemoran en las fechas del calendario escolar, se deben de manejar otras actividades para que estos no pierdan su participación.

    En las escuelas se respeta a los alumnos que pertenecen a otras religiones diferentes a la católica y se fomenta la armonía entre compañeros, un aspecto importante de los padres que pertenecen a la religión testigos de Jehová, es que son muy apegados a sus creencias religiosas y en los eventos que se hacen en las escuelas como la semana del estudiante, no dejan que sus hijos participen, incluso hasta eventos deportivos y eso puede generar que el alumno tome decisiones que no sean adecuadas, cuando le quitan autoridad para participar y convivir en la escuela con sus compañeros sabiendo que a ellos les nace realizar esos tipos de actividades.

    ResponderEliminar
  8. Respecto a la actitud de los jovenes estudiantes perteneciantes a diferentes religiones con los simbolos patrios que son los nos identifican como mexicanos, es inculcada por sus creencias puesto que no les permiten benerar o adorar a otro dios que no sea el de ellos, pues es lo que los jovenes comentan al estar presentes en el acto civico que se realiza todos los lunes en las escuelas como lo establece la norma, pero aun asi, muestran compostura y respeto.


    Considero que el pertenecer a una religion no deberia de obstaculizar la presencia de los jovenes en el acto civico de la escuela, pues cantar el himno mexicano y saludar a la bandera tricolor es lo que nos identifica como mexicanos, su religion les deberia permitir presenciar el acto civico como los demas estudiantes puesto que los simbolos patrios son el reconocimieto de las luchas del pasado de nuestro pais.

    Bien, en nuestra constitucion nos dice que se repetaran las religiones, y en ese punto hasta ahora se ha respetado.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Najum Bustamante Sosme

      Estoy de acuerdo con tu comentario, ya que las leyes de Dios no se comparan con las terrenales, aunque yo diría que la leyes que existen son una copia de las leyes de Dios. ¿Qué opinan?

      Eliminar
  9. COMENTARIO SOBRE LOS REGLAMENTOS DE LAS ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.
    Tenemos el conocimiento que desde que nosotros cursamos la educación básica o antes, existen las asociaciones de padres de familia, sin embargo, se han presentado una serie de problemáticas en las escuelas de nuestro país, que han originado la elaboración de reglamentos que como ya lo vimos en la clase, las leyes poseen una jerarquía, dichos reglamentos tienen validez e importancia para regular las acciones de los seres humanos. Sin embargo, como ya lo comentaba algún compañero la legislación nos dice el deber ser, pero en la realidad nos damos cuenta que violentamos o simplemente hacemos caso omiso a lo que se nos establece como una norma jurídicas.
    El reglamento para las asociaciones de padres de familia permite que se llegue a la rendición de cuentas, porque este ha sido uno de los principales problemas, que pasan y pasan las asociaciones y los recursos económicos aportados por los mismos padres de familia, se extravían.
    Asimismo, es importante decir, que las reglamentaciones diseñadas, son respuesta de indicaciones que plantea la OCDE para México, que dentro de su último informe señaló que las APF y los CEPS, deben demostrar su participación e involucrarse en los procesos organizativos y de aprendizaje de los alumnos.

    ResponderEliminar
  10. Veo en el tema de la Asociación de Padres de Familia una situación que no recuerdo haberla vivido en mis años de educación básica. En aquel tiempo, en las zonas urbanas vendían los desayunos escolares y en la zonas rurales hasta los regalaban. Generalmente, la asistencia de algún padre de familia era porque había que reportar alguna falta de conducta.

    En este concepto la Reforma Educativa plantea:
    a. El robustecer la gestión de las escuelas con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos, y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.

    b. Para las Escuelas de Tiempo Completo…se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos a partir de microempresas locales

    c. Se dotará de computadoras portátiles con conectividad para todos los alumnos de 5to y 6to de primaria de escuelas públicas… adecuando los contenidos educativos al uso de tecnología y capacitando al personal docente.

    ¡¡Buenas propuestas!!

    La experiencia nos dice que el gobierno promete proveer los recursos económicos necesarios, pero ¿verdaderamente los proveerá? Como los recursos generalmente no llegan a las escuelas que verdaderamente las necesitan, ahí es donde emerge la necesidad de una buena administración por los padres de familia, quienes son los más urgidos de beneficiar a los educandos.

    Así, si hay progreso “se beneficia la escuela”, si hay mala administración “El Gobierno no tiene nada que ver, eso es asunto entre particulares (padres de familia)”. Esa es la razón por la cual el Gobierno declara ¡Las cuotas escolares no son obligatorias, es cosa de la Asociación de Padres de Familia!, pero si nos las pagas, al único que presionan es al alumno.

    Robustecer la gestión y la participación de padres y alumnos en los asuntos escolares. Si estás en una escuela de tiempo completo y el Gobierno no envía recursos para los alimentos de los alumnos y si te dan computadora con conectividad y no hay quien pague la conectividad ¿Quién cubrirá los gastos? Obviamente, la asociación de padres de familia a través de las cuotas escolares, con base a cooperaciones, microempresas, rifas, entre otros.

    ¿Será que la incapacidad económica u organizativa del Gobierno para solventar los gastos básicos de operación de los planteles escolares haya dado origen a la necesidad de conformar un grupo de personas, en este caso de padres de familia, para construir las escuelas, solventar los gastos de operación, materiales, equipos y, en algunos casos, comodidades laborales del directivo en turno?

    Sin embargo, se han tenido experiencias negativas con la mala administración de los padres de familia, al grado que existe una Ley y reglamentación que obligan a la conformación y operación de la Asociación de Padres de Familia.

    ¿En las escuelas particulares existe la APF o estos pagan más para que no exista la APF?

    ¿Será por eso que en algunos medios manejan que la tendencia es que se busca la privatización de la educación?

    ResponderEliminar
  11. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  12. Comentario Virginia Isabel Munguia Rebolledo

    En lo referente a la ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales es importante destacar que ésta ha sido el ejemplo claro de como tristemente en nuestro país las leyes pueden ser violadas sin ninguna consecuencia pues todos recordamos como el expresidente Vicente Fox modificó el águila del escudo nacional violando específicamente el capítulo tres, en sus artículos quinto y sexto que determinan que toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo original, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia. La que fue conocida popularmente como "el águila mocha" fue una imagen recortada en el medio supuestamente para darle un toque más moderno y artístico; lo escandaloso es que haya sido precisamente el presidente de la república, quien debería ser el primero en vigilar el cumplimiento de las leyes quien haya incurrido en desacato y falta de respeto a los símbolos patrios.

    Curioso es el caso del uso de la banda presidencial, pues ésta constituye una forma de presentación de la bandera nacional, pero hasta antes de su reforma en junio de 2010 no tenía los colores en el orden correcto, y aunque fue Felipe Calderón el primero en usarla con la franja superior roja no fue sino hasta la controversial foto presidencial de Enrique Peña Nieto que algunos acusaron de estar cometiendo un error (que si bien es cierto son frecuentes en nuestro presidente en este caso no lo era) evidenciando el desconocimiento de la mayoría a las modificaciones que había sufrido dicha norma.

    ResponderEliminar
  13. Najúm Bustamante
    Yo nada más diría: Lo que es del Cesar es del Cesar.
    Mateo 22:21 Ellos le dijeron: Del César. Entonces El les dijo: Pues dad al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios.
    Simplemente llamaría respeto, no adoración.

    ResponderEliminar
  14. Con respecto al tema de los testigos de Jehová lo único que puedo mencionar es que estoy totalmente en desacuerdo con ellos, con respecto a las decisiones que en determinados casos puedan tener, como por ejemplo lo de la transfusión de sangre, todos en algún momento necesitamos de todos, y pensar que por medio de está transfusión tu alma queda impura la verdad para mí es algo ilógico, sin embargo respeto cada una de religión, al final de cuentas cada individuo tiene Derecho a elegir lo que más le convenga.
    en mi familia por ejemplo hay una diversidad de religiones: hay testigos de Jehova, de la Luz del Mundo, Católicos, Creyentes, incluso hasta Ateos, llego el momento en que la única platica era sobre religión, tema el cuál aquí nunca se llegaba a un acuerdo, y de hecho hablar de religión es un tema muy polémico, llegando al acuerdo de no tocar el tema, de respetar sus opiniones, y de llevar la fiesta en paz, como dicen por ahí.

    ResponderEliminar
  15. COMENTARIO DE DIANA ALVARADO GONZÁLEZ:

    La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, así como la Ley del Himno del Estado de Veracruz, establecen las condiciones que se deben mantener al rendir honores a estos símbolos patrios.
    Es en lo personal es muy agradable, al menos de esa forma, ofrecer honor a nuestra Patria; sin embargo no solo debe quedarse en el respeto a unos símbolos, sino que debemos de estar cada uno comprometidos con México, sin importar si el de al lado lo hace o no la satisfacción de aportar algo positivo queda en uno.

    Es triste que actualmente la niñez y juventud este tan atrapada en los avances tecnológicos; y no tengan conocimiento de en qué momentos usarlos y en cuales no; pero lo peor es cuando ves al docente dándoles ese ejemplo.

    En cuanto a las creencias y la interpretación bíblica de los Testigos de Jehová, difiero en el hecho de ver como un culto y adoración a los símbolos patrios, el participar de manera activa en los honores a la Bandera y demás; en mi creencia es solo una demostración de respeto a los símbolos que representan la nación donde vivimos; y en pasajes bíblicos Dios nos manda un respeto total a nuestros gobernantes, incluso nos inculca a no criticarlos y a orar por el ejercicio de su labor ya que están en ese lugar por designio de Él. Por ende es vital respetar y acatar las leyes que nos rigen como país.

    En el ámbito escolar; no es posible ejercer ninguna acción que discrimine a los alumn@s que practique la religión de Testigos de Jehová, por no realizar el honor correspondiente a los símbolos patrios. Además que es conocido que dichos niños y niñas acostumbran a ser respetuosos.

    En realidad a ningún otro mexicano nos afecta en nada que ellos rindan o no homenaje a la Bandera. Y también ellos como mexicanos y como seres humanos merecen todo nuestro respeto.





    ResponderEliminar
  16. Mi pregunta es ¿que documento nos obliga a hacer honores a la bandera?

    ResponderEliminar