jueves, 4 de abril de 2013

Sobre trabajo final...

Buenas tardes compañeros:

les comento que el trabajo final no se entregará este fin de semana, sino hasta el siguiente (12 ó 13 de abril). La fecha exacta la confirmo en clase el sábado que están todos.

Para los que deseen adelantar, las características del ensayo son:


  • Tema libre ( relacionado a las temáticas abordadas en el curso de Legislación Escolar).
  • Lenguaje formal, en tercera persona del plural o con voz neutra.
  • Contenido relevante y bien documentado, además de una opinión propia.
  • Extensión mínima 5 cuartillas, máxima de 10 (sin incluir las hojas de presentación y de referencias bibliográficas).
    • Introducción, desarrollo, conclusiones y referencias bibliográficas.
  • Letra Arial 12
  • Espaciado 1.5 renglones
  • Márgenes normal (superior e inferior 2.5cm, izquierda y derecha 3 cm).

CAPITULO IV. DEL PROCESO EDUCATIVO. Sección 2. De los planes y programas de estudio.



Comentario de:
María Ayde Córdoba Montero
Dulce María Masegosa Maceda

Al realizar la revisión de la Ley General de educación y la Ley Estatal de Educación notamos que son muy parecidas en cuanto a lo que dicen por ejemplo en la sección 2 de planes y programas y en el artículo 47, dice que la educación  se definirá de acuerdo a los planes y programas cuyo propósito tendrán el conocimiento, habilidades, capacidades y destrezas, de acuerdo al nivel educativo que se trate.

En este artículo 47 la Ley General de educación también refleja a la evaluación y acreditación como una certificación del cumplimiento de los propósitos de los planes y programas.
Continuando con el artículo 48 en la LGE nos dice que la secretaria se encargara de ver que planes y programas  de estudio se aplicaran y se harán obligatorios en toda la Republica Mexicana que a los docentes de nivel básico.

Cabe mencionar que esta beberá considerar las opiniones  de autoridades locales y a los sectores  sociales involucrados.

La mayoría de los puntos coincide con la Ley Estatal de Veracruz ya que trata de lo mismo en sus artículos 25, 26, y 27, en esta ley nos menciona que en los planes y programas deberán de tomarse en cuenta el contexto y las dimensiones  reales del proceso educativo, necesidades sociales, culturales y ambientales.



¿Qué opinan de esta nota periodística? (Atte. Consuelo Calzada)


Reforma educativa no afecta actividad laboral: Callejas Arroyo
Diario de Xalapa
1 de abril de 2013

María Elena Ferral/Corresponsal/Diario de Xalapa

Poza Rica, Veracruz.- Al salir en defensa de la reforma educativa, el líder moral de la sección 32 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, en Veracruz, Juan Nicolás Callejas Arroyo, dijo que ésta es constitucional, aun con la modificación a los artículos tercero y 73, y aseguró que "en nada afecta a la actividad laboral".

Callejas Arroyo insistió en que, a pesar de la reforma en los artículos tercero y 73 de la Constitución Política, "una reforma educativa implica cambios en planes, programas, métodos, contenidos, pero en la reforma constitucional es un enunciado general con artículos de la Constitución; lo importante aquí es la reforma con la Ley Reglamentaria", sostuvo.

El líder moral magisterial afirmó: "nosotros los veracruzanos estamos muy confiados, porque nada afecta la reforma constitucional a nuestra estabilidad laboral, por lo que, de darse una reforma educativa que afectara a los trabajadores de la educación, sería porque se hubiese modificado el artículo 123".