Capítulo V. DE LA EDUCACIÓN QUE IMPARTEN LOS PARTICULARES
Comentario de Sarahi Clara González y Luis Alonso González Rosas.
Análisis de: Ley General de Educación, Ley Estatal de Educación.
Derivado del comparativo de la Ley General de Educación y la Ley Estatal de Educación notamos que prácticamente la Estatal es una copia de la General, quizás sea para no caer en la prohibición que generalmente se consigna en los artículos transitorios de que “se deroga todo lo que se contraponga a esta Ley”. Necesitaríamos un análisis más profundo para determinar si existen fracciones en la Ley General que no fueron tomadas en la Estatal y viceversa. Pero lo que nos parece oportuno y adecuado es la regulación que la Ley (responsabilidad de los Gobiernos de los Estados) obliga a las instituciones particulares para una revisión periódica a las actividades académicas, administrativas y su relación con el aprovechamiento de alumnos, con el objetivo de acreditar el buen funcionamiento y refrendar la validez oficial de estudios que se imparten en éstas. El incumplimiento de lo anterior podría repercutir en la revocación de la validez oficial de la escuela particular.
Una disyuntiva de las autoridades educativas nacionales es quizás que los planes y programas oficiales no se apliquen en su totalidad en las escuelas particulares, toda vez el pago por la educación debiera tener un plus, ¿cuál? Que los alumnos tengan mejor preparación académica, es decir, un pensamiento más crítico no una actitud sumisa a un supuesto control del pensamiento por parte del Gobierno.
En la otra cara de la moneda, dejarlos demasiado libres podría caer en muchos supuestos como compra de calificaciones, simulación de la preparación académica, programas faltos de intercambio y cooperación con otras escuelas superiores, ya que el interés de un empresario es obtener ganancias. Si no funciona se vende la escuela, y ¿los alumnos qué?
La supervisión escolar oficial hacia las escuelas públicas y particulares debiera buscar dotar al alumno del país de un mejor capital de conocimientos, sustentable e incrementable que de posibilidades de una mejor competencia educativa a nivel de otros países.
Estoy de acuerdo con el comentario de este equipo al señalar que las escuelas particulares debieran formar de manera crítica, aunque desgraciadamente la mayoría de las escuelas particulares tienen intereses particulares, principalmente económica y política, entre otras orientaciones.
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